Regulación profesional

De conformidad con el Artículo 7º de nuestro Estatuto, el Colegio se regirá, según su rango normativo, por las siguientes disposiciones:

  1. La Constitución Española.
  2. La Ley Omnibus, Ley 25/2009 de 22 de diciembre de 2009.
  3. La Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  4. La Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía y su Reglamento aprobado por Decreto 217/06, de 12 de diciembre.
  5. Código Deontológico.
  6. El presente Estatuto.
  7. La Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio.
  8. El Estatuto Orgánico de la profesión de Gestor Administrativo aprobado por Decretos 424/1963 de 1º de marzo, 2129/1970 de 9 de julio, 3598/1972 de 23 de diciembre y 606/1977 de 24 de marzo, y reales Decretos 1324/1979 de 4 de abril, 2787/1979 de 26 de octubre, 1274/1983 de 27 de abril, 2886/1983 de 26 de octubre y 2532/98 de 27 de noviembre; y el Reglamento Regulador del Ejercicio de la Profesión, aprobado en Plenos del Consejo General de los Ilustres Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de 30 de septiembre y de 16 de diciembre de 1999.
  9. Los Estatutos del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos aprobados por Orden de 21 de septiembre de 2007 (BOJA de 18 de octubre) de la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía.

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