El presidente del Colegio de Gestores Administrativos alerta de que la campaña del IRPF este año llega cargado de novedades que afectan sobre todo a ahorradores, inversores y rentas altas
Hacer la declaración de la Renta suscita cada año un sinfín de dudas entre los contribuyentes. Por eso, el Colegio de Gestores Administrativos de Málaga ha organizado una jornada para poner en común las principales dudas que se han encontrado los despachos malagueños. Los cambios en los planes de pensiones, las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas o las ayudas por ERTE han concentrado la mayoría de las preguntas. «La inversión en criptomonedas y la compraventa en las plataformas de segunda mano, que por primera vez se incluyen en la declaración, también han suscitado muchas dudas», comenta Daniel Quijada, presidente del Colegio. «Este año la Renta viene cargada de novedades que afectan, principalmente, a los ahorradores, inversores y rentas altas», matiza.
Planes de pensiones
En relación a la reducción de la base imponible por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social (planes de pensiones y seguros de vida, entre otros), Quijada recuerda que este año ha pasado de 8.000 euros a 2.000 euros, «pero el contribuyente debe de tener en cuenta que para este año (Renta 2022) dicha cantidad queda reducida a 1.500 euros, es decir, si no queremos perder reducciones en nuestra liquidación de 2022 no debemos aportar más de dicha cantidad», apunta. El legislador, añade, ha primado las contribuciones empresariales; si este año es de 8.000 euros, el año que viene pasa a 8.500 euros. «Esto quiere decir que cualquier contribuyente en 2021 puede reducir su base imponible en un total de 10.000 euros si tiene aportaciones individuales y empresariales con los límites antes mencionados», explica.
Obras de eficiencia energética en viviendas
En cuanto a las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas, el Colegio de Gestores Administrativos de Málaga recuerda la necesidad de tener un certificado de eficiencia energética, tanto antes como después de la obra. Y una cuestión importante: las obras deben de haberse abonado con tarjeta bancaria, por transferencia bancaria, cheque nominativo, pero en ningún caso da derecho a la deducción las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero en efectivo.
Ayuda a los afectados por ERTE
Otra advertencia importante a tener en cuenta es la ayuda que la Junta de Andalucía concedió a aquellos andaluces que estaban en ERTE y que consistía en 210 euros. «Estos se declaran como rendimiento del trabajo, pero no hay que incorporarlo como ganancia patrimonial. Es un error que se ha detectado: la renta web pregunta si lo desea incorporar como subvención que supone un incremento patrimonial», indica el presidente de los gestores.
Criptomonedas
Respecto a las criptomonedas, que ya tienen su apartado específico para declarar las ganancias y pérdidas patrimoniales, hay que recordar que Hacienda está preparando tres modelos de declaración de criptomonedas: 172, 173 y 721. Estos modelos informativos suponen un nuevo marco de obligaciones tanto para empresas como para particulares y autónomos. El modelo 721 es para las criptomonedas que están en el extranjero y los modelos 172 y 173 los deberán presentar todas aquellas empresas residentes fiscales en España que participan este mundo de las criptodivisas.
Mercado de segunda mano
Ante el crecimiento del mercado ‘online’ de segunda mano, el Ministerio de Hacienda avisa de que las operaciones realizadas en este tipo de plataformas están sujetas a tributación, al igual que sucede con las transacciones físicas. Pero que no cunda el pánico: la mayoría de las ventas no deben ser declaradas, pues lo normal es que el producto se venda más barato de lo que se compró. Las ventas de artículos de segunda mano en estos portales de internet deben ser declaradas solamente cuando el precio al que se han vendido es superior al de la compra original. En este caso, Hacienda entenderá que existe una ganancia patrimonial y, por consiguiente, habrá que reflejarla en la base imponible del ahorro en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).