De los regalos de boda a la ayuda de los padres para comprar un piso: ¿cómo tributan las donaciones?

Regalar dinero o un bien físico es una práctica tan habitual en nuestra sociedad que resulta absurdo imaginar que tuviéramos que pagar un impuesto cada vez que lo hiciéramos. Sin embargo, sobre el papel, cualquier entrega de un bien entre vivos que no implique contraprestación es una donación y, por tanto, está sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Esto no significa que debamos declarar cualquier regalo, pero sí hay que saber en qué situaciones conviene hacerlo, no sólo para evitar problemas con Hacienda sino porque a veces puede ser incluso beneficioso para la factura fiscal.

¿Hay un mínimo exento?

Como recalca Rubén Candela, socio fundador del despacho Candela Asesores y Auditores, «no hay un mínimo exento en donaciones con carácter general». «Se supone que las donaciones tributan desde el primer euro, pero en la práctica Hacienda no está pendiente de las cantidades pequeñas de dinero que se regalan entre particulares», explica. Eso sí, las transferencias y sobre todo los ingresos en efectivo a partir de 3.000 euros sí entran en el radar de la Agencia Tributaria, ya que los bancos están obligados a dar información sobre los movimientos a partir de ese umbral. «Hay que andar con cuidado, ya que Hacienda puede reclamar el pago del gravamen por donaciones de hasta cuatro años atrás», añade.

¿Qué pasa con los regalos de boda?

En las bodas, regalar dinero se ha vuelto la opción mayoritaria. Y cada vez más habitualmente se utiliza la transferencia bancaria o incluso Bizum en lugar de los tradicionales sobres con dinero en efectivo. ¿Tienen los novios que declarar estas donaciones? «Que yo sepa no se ha dado el caso de que Hacienda persiga a una pareja por los regalos de boda… tendrían que ser cantidades muy importantes para que fueran motivo de inspección», apunta el presidente del Colegio de Gestores Administrativos de Málaga, Daniel Quijada.

Pero ojo si todos los regalos de boda juntos acaban sumando una cuantía llamativa: Rubén Candela advierte de que Hacienda puede fijarse en un incremento de renta no justificada y exigir al contribuyente que lo declare como ganancia patrimonial en el IRPF. «En este caso, el afectado acabaría pagando más que si hubiera declarado y tributado por cada regalo de boda por separado», afirma el experto.

Ayudar a un hijo a comprarse una vivienda

Una de las donaciones más habituales se produce cuando los padres ayudan a los hijos a comprarse su primera vivienda. En Andalucía, este supuesto está bonificado al 99%. Para poder acogerse a esta reducción hay que documentar la donación ante notario y declararla, pagando el 1% de la cuota resultante. Existen varios requisitos para beneficiarse de esta medida: el donatario debe tener menos de 35 años o tener reconocida alguna discapacidad; el importe íntegro de la donación debe destinarse a la compra de la vivienda en cuestión; el donatario no debe superar los 402.678,11 euros de patrimonio y la vivienda debe estar localizada en Andalucía. «El límite exento son 120.000 euros o 180.000 si el beneficiario es discapacitado. Hay que autoliquidar el impuesto en 30 días desde la donación y aportar la escritura de compra», apunta Rubén Candela.

Es importante recordar que esta exención no rige para otros lazos de parentesco que no sean de padres e hijos.

Donación de vivienda de padres a hijos

¿Qué pasa cuando lo que se dona de padres a hijos es la vivienda? En Andalucía este supuesto también está bonificado al 99%, siempre que concurran los siguientes requisitos:

a) Que el donatario sea menor de 35 años, discapacitado, víctima de violencia doméstica o víctima del terrorismo.

b) Que el patrimonio preexistente del donatario sea inferior a 402.678,11 euros.

c) Que el inmueble adquirido se destine a vivienda habitual del donatario.

d) El donatario ha de mantener la vivienda habitual durante los 3 años siguientes a la fecha de su adquisición.

e) Que se haga constar en la escritura pública en la que se formalice la donación que el inmueble se destine a constituir la vivienda habitual para el donatario y el compromiso de mantenimiento a que se refiere la letra anterior.

La base máxima de la reducción será 150.000 euros, con carácter general, o de 250.000 cuando el donatario sea una persona con discapacidad.

Ahora bien, la donación de una vivienda de padres a hijos puede salir muy cara a pesar de esta exención. Como recuerda Rubén Candela, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones no es el único que interviene en una operación de este tipo. Por increíble que pueda parecer, cuando un padre dona a un hijo un inmueble, Hacienda considerará a efectos del IRPF que el donante ha tenido una ganancia patrimonial, equivalente a la diferencia del valor por el que la compró y su valor actual. «Es lo que se conoce como la plusvalía del vivo, y la factura fiscal puede ser importante», recalca el asesor. Hay una excepción a esta norma: cuando el donatario tiene más de 65 años. Además, el habrá que pagar la plusvalía municipal.

¿Y si me regalan un coche?

¿Y si lo que me regalan es un coche? «En este caso, en lugar de por Donaciones, es más conveniente tributar por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, como si fuera una compraventa», apunta Daniel Quijada. En este caso se pagará el 4% del valor real del vehículo y el trámite se realiza a través de la Dirección General de Tráfico.

Transmisión de acciones entre familiares vivos

En los casos de transmisión de participaciones «ínter vivos», en favor del cónyuge, descendientes o adoptados, de una empresa individual, un negocio profesional o de participaciones en entidades del donante a los que sea de aplicación la exención regulada en el apartado octavo del artículo 4 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, se aplicará una reducción en la base imponible del 95% del valor de adquisición, siempre que concurran las condiciones siguientes:

a) Que el donante tuviese 65 o más años o se encontrase en situación de incapacidad permanente, en grado de absoluta o gran invalidez.

b) Que, si el donante viniere ejerciendo funciones de dirección, dejara de ejercer y de percibir remuneraciones por el ejercicio de dichas funciones desde el momento de la transmisión.

c) En cuanto al donatario, deberá mantener lo adquirido y tener derecho a la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio durante los diez años siguientes a la fecha de la escritura pública de donación, salvo que falleciera dentro de este plazo.

Ayuda familiar para montar un negocio

Otro supuesto en el que las donaciones están bonificadas al 99% en Andalucía es aquel en el que una persona recibe dinero «de sus ascendientes y de colaterales hasta el tercer grado por consanguinidad o afinidad» para la constitución o ampliación de una empresa individual o de un negocio profesional. El importe de la reducción no podrá exceder de un millón de euros y se exigen los siguientes requisitos:

a) Que el importe íntegro de la donación se destine a la constitución o ampliación de una empresa individual o de un negocio profesional.

b) Que la empresa individual o el negocio profesional tengan su domicilio social o fiscal en Andalucía.

c) Que la constitución o ampliación de la empresa individual o del negocio profesional se produzca en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de formalización de la donación.

d) Que la donación se formalice en documento público.

e) Que la empresa individual o negocio profesional no tengan por actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario; es decir, que tenga un negocio real.

f) Que la empresa individual o negocio profesional, constituidos o ampliados como consecuencia de la donación de dinero, se mantengan durante los cinco años siguientes a la fecha de la escritura pública de donación, salvo que el donatario falleciera dentro de este plazo. Si el donatario esté comprendido en los Grupos I y II de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, o en los supuestos de equiparaciones establecidos en el artículo 20.1 del Decreto Legislativo 1/2018 (es decir, hijos, cónyuges, ascendientes y adoptantes) este requisito de mantenimiento queda reducido a tres años.

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