El Ayuntamiento de Málaga deja de imponer sanciones por acceder a la Zona de Bajas Emisiones desde el 14 de octubre. La decisión se produce tras una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que anula la regulación municipal relativa a esta zona. La situación de las multas tramitadas con anterioridad queda pendiente de revisión.
El Ayuntamiento de Málaga ha anunciado la suspensión del régimen sancionador de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de la capital a partir del miércoles 14 de octubre de 2026, tras conocer la aclaración de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que afecta a la regulación de acceso y circulación de vehículos en este espacio de la ciudad.
La medida supone un cambio en la aplicación de las restricciones de tráfico vinculadas a la ZBE y plantea distintas situaciones para los conductores, tanto para quienes circulen por la zona a partir de ahora como para aquellos que hayan recibido alguna sanción con anterioridad.
¿Qué ha ocurrido con la Zona de Bajas Emisiones de Málaga?
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictó una sentencia, conocida en junio de 2026, que anulaba la parte de la Ordenanza de Movilidad de Málaga correspondiente a la Zona de Bajas Emisiones.
La resolución judicial considera que el sistema establecido introducía diferencias de tratamiento entre los vehículos domiciliados en Málaga capital y los registrados en otros municipios, al permitir el acceso de determinados vehículos en función de su domicilio fiscal.
Según el tribunal, esta diferenciación no resultaba ajustada a los principios jurídicos aplicables, especialmente en relación con la libre circulación, la libertad de empresa y la unidad de mercado.
Posteriormente, el TSJA aclaró el alcance de la sentencia, confirmando que la anulación afecta específicamente al apartado de la ordenanza que regula la Zona de Bajas Emisiones, sin extenderse al resto de la normativa municipal de movilidad.
Tras esta aclaración, el Ayuntamiento de Málaga ha comunicado que acata la resolución judicial y suspende la imposición de multas derivadas de la regulación anulada.
¿Qué cambia para los conductores desde el 14 de octubre?
La principal consecuencia es que, desde el 14 de octubre de 2026, el acceso y la circulación por el perímetro de la Zona de Bajas Emisiones de Málaga dejan de generar sanciones por incumplimiento de las restricciones medioambientales establecidas en la regulación anulada.
Hasta ahora, el sistema contemplaba multas de 200 euros para determinados vehículos sin distintivo ambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT) que no estuvieran domiciliados fiscalmente en Málaga capital y accedieran a la zona restringida.
Con la suspensión de este régimen sancionador, los conductores pueden circular por el ámbito de la ZBE sin que se les impongan esas multas, independientemente de la clasificación ambiental de sus vehículos o del municipio en el que estén domiciliados.
No obstante, es importante precisar que esta medida afecta a las restricciones específicas de la Zona de Bajas Emisiones. El resto de las normas de circulación, estacionamiento y acceso a zonas especialmente protegidas de la ciudad continúa siendo aplicable, incluidas las limitaciones que puedan existir en determinadas calles del Centro Histórico u otros espacios con regulación propia.
¿Qué sucede con las multas impuestas anteriormente?
Una de las principales cuestiones derivadas de la sentencia es la situación de los expedientes sancionadores tramitados desde que comenzaron a aplicarse las restricciones de la ZBE.
El sistema había comenzado a imponer sanciones a finales de noviembre de 2025, con multas de 200 euros, que podían reducirse a 100 euros mediante el pago dentro del plazo establecido.
Tras la resolución judicial, el Ayuntamiento ha anunciado que los servicios municipales competentes estudiarán las consecuencias jurídicas de la sentencia sobre estos expedientes.
Para ello, será necesario distinguir entre diferentes situaciones administrativas:
Multas notificadas y pendientes de pago. Los conductores que hayan recibido una sanción y todavía no la hayan abonado deberán prestar atención a las comunicaciones oficiales sobre el estado de su expediente. La sentencia puede tener consecuencias sobre estos procedimientos, pero será necesario conocer cómo se articula su revisión administrativa.
Expedientes en fase de alegaciones o recurso. En aquellos procedimientos que todavía se encuentren abiertos, la resolución judicial constituye un elemento relevante que deberá tenerse en cuenta al determinar su continuidad o resolución. Los interesados deberán comprobar los plazos y trámites que correspondan a su situación particular.
Multas que ya han sido pagadas. En estos casos, una de las cuestiones pendientes de aclaración es si procederá la devolución de las cantidades abonadas y mediante qué procedimiento podría efectuarse. Por el momento, no se ha comunicado un mecanismo general de devolución automática, por lo que será necesario conocer las decisiones que adopte la administración municipal.
Sanciones firmes o en vía ejecutiva. Los expedientes que hayan concluido su tramitación o se encuentren en fase de recaudación deberán examinarse atendiendo a su situación administrativa y a los procedimientos legalmente previstos.
Por tanto, aunque la sentencia modifica el marco jurídico de la ZBE, sus consecuencias sobre las sanciones anteriores deberán concretarse mediante las actuaciones administrativas correspondientes.
¿Volverá a aplicarse la Zona de Bajas Emisiones?
El Ayuntamiento de Málaga ha anunciado su intención de trabajar en una nueva regulación que se adapte a los criterios establecidos en la resolución judicial.
La normativa estatal contempla la implantación de zonas de bajas emisiones en determinados municipios, por lo que la administración municipal deberá estudiar la fórmula adecuada para regular este ámbito conforme a la legislación aplicable.
Por el momento, no existe una fecha definitiva para la aprobación de una nueva regulación ni para la posible reanudación de un régimen sancionador.
Cualquier modificación deberá seguir los procedimientos administrativos correspondientes y comunicarse oficialmente a la ciudadanía.
La importancia de conocer la situación de cada expediente
Ante este nuevo escenario, resulta conveniente que los conductores que hayan recibido una multa relacionada con la Zona de Bajas Emisiones comprueben el estado administrativo de su expediente, conserven las notificaciones y justificantes de pago y permanezcan atentos a las comunicaciones del Ayuntamiento de Málaga.
La posibilidad de presentar alegaciones, interponer recursos o solicitar la revisión de una sanción dependerá de las circunstancias concretas de cada caso y de los plazos legalmente establecidos.
Desde el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Málaga recordamos que, ante cualquier duda sobre la aplicación de la nueva situación de la Zona de Bajas Emisiones, las sanciones recibidas o los posibles trámites administrativos, lo más recomendable es acudir a un gestor administrativo colegiado, un profesional cualificado que podrá analizar cada caso, informar sobre los procedimientos disponibles y ayudar a realizar las gestiones que correspondan ante la Administración.




