La nueva Ley del Procedimiento Administrativo refuerza el papel del Gestor Administrativo

La nueva Ley del Procedimiento Administrativo refuerza el papel de la GA

Málaga, 1 de octubre de 2016. La labor del Gestor Administrativo está llamada a ser cada vez más imprescindible con la entrada en vigor, el próximo 2 de octubre de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).

La ley, que regula las relaciones externas entre la Administración y los ciudadanos, pretende implantar una Administración totalmente electrónica, interconectada y transparente, mejorando así la agilidad de los procedimientos administrativos y reduciendo los tiempos de tramitación.

Las principales novedades que introduce la LPAC se centran en la regulación de la Administración electrónica y la obligación de algunos sujetos de relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas.

Con carácter general, la LPAC entrará en vigor el 2 de octubre de 2016, sin embargo, las previsiones relativas al registro electrónico, al punto de acceso general electrónico de la Administración y al archivo único electrónico, entre otras, producirán efectos a los dos años de su entrada en vigor, es decir, el 2 de octubre de 2018.

Las tres principales novedades que la LPAC incorpora son las siguientes:

Obligatoriedad de comunicación por medios electrónicos en el caso de personas jurídicas; entidades sin personalidad jurídica; notarios y registradores de la propiedad y mercantiles; o quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración. Las personas físicas, sin embargo, están exentas de esta obligación, pudiendo cambiarlo en cualquier momento el modo de comunicación. Por otra parte, se fija la obligatoriedad de la firma electrónica en los siguientes supuestos: formulación de solicitudes; presentación de declaraciones responsables o comunicaciones; interposición de recursos; desistimiento de acciones; y renuncia a derechos.

Obligatoriedad de registros y archivos electrónicos para tramitación de procedimientos administrativos para Administraciones Públicas, haciéndose con un registro electrónico propio o adhiriéndose al de la Administración General del Estado. Ello permitirá la presentación de documentos todos los días del año durante las 24 horas. Además, la Ley obliga a cada Administración Pública a mantener un archivo electrónico único de procedimientos finalizados y un formato electrónico del expediente administrativo, introduciendo una nueva definición del mismo: La LPAC determina que los expedientes electrónicos contendrán los documentos, pruebas, dictámenes, informes, acuerdos, y otras notificaciones. Quedan pues, excluidas del expediente toda información que tenga carácter auxiliar o de apoyo, que comprende la información contenida en aplicaciones, ficheros y bases de datos informáticas; notas; borradores; opiniones; resúmenes; o comunicaciones e informes internos o entre órganos o entidades administrativas.

Nuevo régimen de notificaciones electrónicas, éstas se practicarán preferentemente mediante la vía electrónica en la sede electrónica de la Administración correspondiente. Las excepciones se producen cuando la notificación se realice con ocasión de la comparecencia espontánea del interesado o su representante; y cuando, para asegurar la eficacia de la actuación administrativa, resulte necesario practicar la notificación por entrega directa. Esto no descarta la posibilidad, es más, complementa con la posibilidad de que las notificaciones se continúen practicando en papel. Con independencia de ello, la Administración enviará un aviso a la dirección de correo o dispositivo electrónico del interesado, informándole de la notificación en la sede electrónica, aunque la falta de práctica del aviso no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.

La figura del Gestor Administrativo

Un Gestor Administrativo es un profesional altamente cualificado cuya labor es actuar como intermediario entre la Administración y las empresas o particulares. Se trata de un profesional especializado en todo tipo de trámites y gestiones con las Administraciones Públicas, tanto por la vía tradicional del papel como a través de los nuevos medios electrónicos. Con la entrada en vigor de la Ley de Procedimiento Administrativo, los Gestores Administrativos se convierten más que nunca en una figura clave en la que poder apoyarse para realizar todas las gestiones pertinentes en materia de Tráfico y transporte, asesoramiento fiscal y contable, asesoramiento laboral, extranjería, tramitaciones de escrituras, registros, creación de empresas, patentes y marcas y asuntos sociales, entre otras.

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