Entra en vigor la limitación del pago en efectivo a 2.500 euros

Entra en vigor la limitación del pago en efectivo a 2.500 euros

Lunes 19 de noviembre de 2012. Este lunes entra en vigor la limitación del pago en efectivo a 2.500 euros en operaciones donde participen empresarios o profesionales, incluida en la ley antifraude publicada en el BOE el 30 de octubre. Esta medida afecta por tanto a cualquier operación realizada entre un particular y un empresario, ya que no podrán pagarse en efectivo operaciones iguales o superiores a 2.500 euros en las que intervenga al menos un empresario o profesional. No obstante, no afectará a los pagos e ingresos realizados con entidades de crédito.

En el caso de que el pagador sea un particular no residente en España, la limitación del uso de efectivo se eleva a 15.000 euros con el fin de no dañar las actividades ligadas al sector turístico.

Las personas que participen en las operaciones deberán conservar los justificantes del pago durante cinco años desde la fecha del mismo. Además, estarán obligados a aportar estos justificantes si la Agencia Tributaria lo requiere.

Quienes incumplan esta limitación se enfrentan a multas del 25% del valor del pago realizado en efectivo. Tanto el pagador como el receptor responderán de forma solidaria de dicha infracción, por lo que la Administración tributaria podrá dirigirse contra cualquiera de ellos para el cobro del 100% de la sanción.

No obstante, la medida exime de la sanción a quienes voluntariamente comuniquen los hechos a la administración siempre que no hayan transcurrido tres meses desde el pago en efectivo. La Agencia Tributaria ha habilitado en su página web un procedimiento telemático para tramitar denuncias referidas exclusivamente a pagos en efectivo superiores a 2.500 euros.

Asimismo, la ley contempla una regla contra el fraccionamiento de operaciones, a efectos del cálculo del límite de 2.500 euros legalmente establecido. Adicionalmente la norma introduce obligaciones de información para cualquier autoridad o funcionario que, en el ejercicio de sus funciones, tenga conocimiento de algún incumplimiento de la limitación legal.

 

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